DEUTERONOMIO 15:1-4
DEUTERONOMIO 15:1-4 BLP
Cada siete años perdonarás las deudas. Lo harás del siguiente modo: cuando se proclame el perdón de las deudas en honor del Señor, todo el que haya hecho un préstamo a su prójimo o a su hermano, le perdonará la deuda y no se la reclamará más. Podrás reclamar el pago de la deuda al forastero, pero perdonarás la deuda que tengas contraída con tu hermano. Así no habrá mendigos entre los tuyos, ya que el Señor te colmará de bendiciones en la tierra que el Señor tu Dios te va a dar en herencia para que la poseas