DEUTERONOMIO 15:1-4
DEUTERONOMIO 15:1-4 La Palabra (versión española) (BLP)
Cada siete años perdonarás las deudas. Lo harás del siguiente modo: cuando se proclame el perdón de las deudas en honor del Señor, todo el que haya hecho un préstamo a su prójimo o a su hermano, le perdonará la deuda y no se la reclamará más. Podrás reclamar el pago de la deuda al forastero, pero perdonarás la deuda que tengas contraída con tu hermano. Así no habrá mendigos entre los tuyos, ya que el Señor te colmará de bendiciones en la tierra que el Señor tu Dios te va a dar en herencia para que la poseas
DEUTERONOMIO 15:1-4 Dios Habla Hoy Versión Española (DHHE)
“Cada siete años perdonarás lo que otros te deban. “Este perdón consistirá en lo siguiente: Todo aquel que haya prestado algo a su prójimo, le perdonará lo que le haya prestado. No exigirá a su prójimo o a su compatriota que le pague, porque será proclamado el año del perdón de deudas en honor del Señor. Al extranjero le podrás exigir que te pague el préstamo que le hiciste, pero a tu compatriota deberás perdonarle lo que haya recibido de ti. De esta manera no habrá pobres entre vosotros, pues el Señor tu Dios te bendecirá en el país que él te va a dar como herencia
DEUTERONOMIO 15:1-4 Nueva Versión Internacional - Castellano (NVI)
»Cada siete años perdonarás toda clase de deudas. Lo harás de la siguiente manera: Cada acreedor le perdonará a su prójimo el préstamo que le haya hecho. Ya no le exigirá a su prójimo o hermano que le pague la deuda, porque se habrá proclamado el año del perdón de las deudas en honor del SEÑOR. Podrás exigirle el pago de sus deudas al forastero, pero a tu hermano le perdonarás cualquier deuda que tenga contigo. Entre vosotros no deberá haber pobres, porque el SEÑOR tu Dios te colmará de bendiciones en la tierra que él mismo te da para que la poseas como herencia.