El rey Darío ordenó buscar en los archivos de Babilonia, en el palacio donde guardaban los tesoros,
y en el palacio de Acmeta, que está en la provincia de Media, hallaron un libro con este escrito:
«Memorándum.
Fechado el primer año del rey Ciro.
»Su Majestad ordena la reconstrucción del templo de Dios en Jerusalén, y el restablecimiento de los sacrificios.
»Su Majestad ordena también que las murallas sean reafirmadas, con una altura y una anchura de veintisiete metros,
y con tres hileras de grandes bloques de piedra y una hilera de madera nueva. El costo total de la obra será pagado por el tesoro real.
»En cuanto a los utensilios de oro y de plata del templo de Dios en Jerusalén, los cuales Nabucodonosor sacó de allí para traerlos a Babilonia, estos deberán ser devueltos y llevados al templo de Dios en Jerusalén.»
«Por lo tanto, ustedes, Tatenay, gobernador de la ribera occidental del río Éufrates, y Setar Bosnay y compañeros, deberán alejarse de allí
y dejar que el gobernador y los ancianos judíos lleven a cabo la reconstrucción del templo de Dios en su mismo lugar.
»Yo, Darío, ordeno que los gastos de la obra sean cubiertos puntualmente por la tesorería del rey, tomándolos de los tributos que se recogen al otro lado del río Éufrates y entregándolos a los ancianos judíos para que la obra de reconstrucción no se detenga.
»Todo lo que sea necesario, como becerros, carneros, corderos, trigo, sal, vino y aceite para los holocaustos en honor del Dios del cielo, sea proporcionado diariamente a los sacerdotes en Jerusalén, según ellos lo pidan y sin obstáculo alguno,
a fin de que puedan ofrecer sacrificios gratos al Dios del cielo, y oren por la vida del rey y de sus hijos.
»Yo, Darío, ordeno que cualquiera que altere este decreto sea empalado con una viga arrancada de su propia casa, y que esa casa sea convertida en un muladar.
»Que el Dios que estableció ese lugar como residencia de su nombre destruya a cualquier rey o pueblo que interfiera o se oponga, o quiera destruir el templo de Dios en Jerusalén. Yo, Darío, emito este decreto y ordeno que se cumpla con prontitud.»